Articulo 68 Reglamento de... -Vigente-

Articulo 68 Reglamento de Explosivos -Vigente-

Ver Indice
»

Artículo 68. Caducidad de las autorizaciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las autorizaciones caducarán cuando hubiese transcurrido el plazo de ejecución y no se hubiesen ultimado las instalaciones en la fecha prevista por causa imputable a los propios interesados quienes, en todo caso, pueden solicitar prórroga mientras sigan vigentes.