Articulo 68 TR. de la Ley de Hacienda de Murcia
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»Artículo 68. Reintegro de las cantidades percibidas.
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Modificaciones
- Artículo modificado (68 (se deroga)) por Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
(MU de 02-12-2005) en vigor desde 01-01-2006
