Articulo 69 Aguas de La Mancha
- Quedan suspendidos, en todos sus efectos, las disposiciones de los capítulos II y III del título V (arts. 43 a 87) de esta ley. - Ley 4/2022 de 22 de Abr C.A. La Mancha (Suspensión de la aplicación del canon medioambiental del agua)
- La Ley 1/2024, de 15 de marzo deroga la Ley 4/2022, de 22 de abril, por la que se había suspendido la aplicación del canon medioambiental del agua previsto en en esta ley (arts. 43 a 87). - Ley 1/2024 de 15 de Mar C.A. La Mancha (Medidas Administrativas y Creación de la Agencia de Transformación Digital)
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»Artículo 69. Ingresos.
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1. El ingreso de las deudas tributarias derivadas de la gestión del canon DMA se ajustará a las normas de general aplicación sobre recaudación que dispone la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
2. Los plazos de ingresos serán:
a) Por las deudas autoliquidadas, simultáneamente con la presentación de la autoliquidación, dentro de los plazos establecidos en el artículo 76.
b) Por las deudas liquidadas por la Administración los plazos de ingreso serán los establecidos en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
