Articulo 69 Competencia y...ón Militar

Articulo 69 Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar

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Artículo 69

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El Auditor Presidente del Tribunal Militar Central vigilará el funcionamiento de su propio Tribunal y de los Juzgados Togados Militares Centrales.

Las mismas facultades tendrá el Auditor Presidente del Tribunal Militar Territorial sobre su Tribunal y los Juzgados Togados Militares de su territorio.

Los Jueces Togados Militares vigilarán el funcionamiento de sus propios Juzgados.