Articulo 69 Desarrollo de...to público

Articulo 69 Desarrollo de la Ley 2/1995, de Haciendas Locales, en materia de presupuestos y gasto público

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Artículo 69. Órgano competente para la ordenación del pago.

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Competerán al Presidente de la entidad local, o al órgano que tenga estatutariamente atribuida la función en los organismos autónomos dependientes, las funciones de la ordenación de pagos.