Articulo 69 Estatutos del Organismo Autonómo Hacienda Tributaria
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»Artículo 69. Retribuciones del personal directivo.
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Las retribuciones del Director-Gerente y las del Director de Planificación y Control de la Hacienda Tributaria de Navarra serán las que determine el Gobierno de Navarra, debiendo figurar en las correspondientes Leyes Forales de Presupuestos General de Navarra, conforme a lo establecido en el artículo 109 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Modificaciones
- Artículo modificado (69) por DECRETO FORAL 131/2011, de 24 de agosto, por el que se modifica la estructura orgánica del Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra, aprobada por Decreto Foral 119/2007, de 3 de septiembre.
(NA de 31-08-2011) en vigor desde 31-08-2011
