Artículo 69 Ley Orgánica de Extranjería

Artículo 69. Apoyo al movimiento asociativo de los inmigrantes.

Ver Indice
»

Artículo 69. Apoyo al movimiento asociativo de los inmigrantes.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los poderes públicos impulsarán el fortalecimiento del movimiento asociativo entre los inmigrantes y apoyarán a los sindicatos, organizaciones empresariales y a las organizaciones no gubernamentales que, sin ánimo de lucro, favorezcan su integración social, facilitándoles ayuda económica, tanto a través de los programas generales como en relación con sus actividades específicas.