Articulo 69 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid
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»Artículo 69. Principios de la planificación
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La planificación de la formación tendrá en cuenta las competencias profesionales definidas para cada categoría profesional de los Cuerpos de policía local. Partiendo de esta base, se diseñarán itinerarios formativos para la promoción profesional y la especialización de sus miembros.
