Articulo 69 Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil
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Articulo 69 Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil

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Artículo 69. Organización y funcionamiento de los centros docentes de formación.

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Los Ministros de Defensa y del Interior aprobarán conjuntamente las normas de organización y funcionamiento de los centros docentes de formación de la Guardia Civil.

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  • Texto Original. Publicado el 17-03-2018 en vigor desde 06-04-2018