Articulo 69 Reglamento de...e Justicia

Articulo 69 Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia

Ver Indice
»

Artículo 69. Sanciones pecuniarias

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los testigos regularmente citados estarán obligados a cumplir con la citación y comparecer en la vista.

2. Cuando un testigo regularmente citado no comparezca, sin justa causa, ante el Tribunal, éste podrá imponerle una sanción pecuniaria cuyo importe máximo será de 5 000 euros y ordenar una segunda citación del testigo a expensas de éste.

3. Igual sanción podrá imponerse al testigo que, sin justa causa, se niegue a declarar o a prestar juramento.