Articulo 69 Síndic de Greuges de C. Valenciana
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»Artículo 69. Marco normativo
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En el marco de la normativa estatal que regula la institución del Defensor del Pueblo y sus relaciones con las figuras similares existentes en las comunidades autónomas, el Síndic de Greuges mantendrá las necesarias relaciones de colaboración y cooperación con aquella para contribuir a la máxima coordinación en el ejercicio de sus respectivas funciones.
