Articulo 69 Sistema Universitario Vasco
- Todas las referencias normativas efectuadas a la Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco se entenderán realizadas a Unibasq-Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco. - LEY 13/2012, de 28 de junio, de Unibasq-Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco.
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»Artículo 69. Naturaleza.
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1. El Consejo Social es el órgano de la universidad a través del cual la sociedad participa en su gobierno y dirección.
2. El Consejo Social promoverá la presencia y participación de personas, incluidos miembros de la comunidad académica, y de entidades representativas de los intereses sociales, profesionales, académicos o económicos que por sus competencias, actividades, conocimientos o experiencias puedan contribuir al mejor desempeño de sus funciones.
