Articulo 69 Tasas de la C...de Valores

Articulo 69 Tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores

Ver Indice
»

Artículo 69. Hecho imponible.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Constituye el hecho imponible de la tasa la supervisión e inspección que permanentemente realiza la CNMV sobre las entidades que se relacionan en el artículo 84.1.a) y b) de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, mediante el examen de la información que periódicamente le remiten y las comprobaciones que sobre la misma efectúa, de acuerdo con lo establecido en la citada Ley 24/1988, de 28 de julio y sus disposiciones de desarrollo.