Articulo 69 Turismo, ocio y hospitalidad

Articulo 69 Turismo, ocio y hospitalidad

Ver Indice
»

Artículo 69. Empresas turísticas de mediación

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Son empresas de mediación turística las que desarrollan actividades de intermediación y organización de servicios turísticos de forma profesional, a través de procedimientos de venta presencial o a distancia.

Para garantizar su responsabilidad contractual con la persona destinataria final del servicio, las empresas turísticas de mediación deberán suscribir garantías cuya cantidad y características se establecerán reglamentariamente.

Reglamentariamente se establecerán los requisitos exigibles a las empresas de mediación turística.