Artículo 697 quater TR. Ley Concursal

Artículo 697 quater. Derechos de información y consulta de los representantes legales de las personas trabajadoras.

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Artículo 697 quater. Derechos de información y consulta de los representantes legales de las personas trabajadoras.

Vigente

En los supuestos en los que el deudor sea empleador, los representantes legales de las personas trabajadoras tendrán derecho, cuando así lo prevea la legislación laboral, a ser informados y consultados sobre el contenido del plan de continuación con carácter previo a su aprobación u homologación, según corresponda conforme a dicha legislación.