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Articulo 7 Adaptación del Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendio Forestal a la normativa estatal

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Declarada la Alerta Rojo Plus, en el marco del Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendio Forestal, el dispositivo de prevención y extinción de incendios forestales extremará su operatividad y reforzará, si fuese necesario, las labores de vigilancia y detección de incendios.

El Centro de Emergencias 1 1 2 SOS Aragón pondrá en conocimiento de todo el Sistema de Protección Civil de Aragón, la situación de Alerta Rojo Plus.

Las administraciones con competencia en protección civil, además de las establecidas en el Nivel de Alerta Rojo, realizarán las siguientes acciones:

a) Cuando la Alerta Rojo Plus afecte a todo o parte de su ámbito territorial, la comarca activará el Plan Comarcal de Protección Civil en fase de Alerta. Los recursos humanos de la comarca competentes en emergencias de protección civil deberán estar alertados y localizados ante la situación de riesgo extremo, en especial, los grupos de acción social y logística.

b) Los ayuntamientos realizarán una estimación de la población que hubiera en el momento de la alerta y deberán tener contabilizadas y localizadas a las personas dependientes o con movilidad reducida que residan en la localidad en el momento de la alerta.

Establecida la alerta, movilizarán en la medida de sus posibilidades, los recursos propios al objeto de establecer servicios de vigilancia en las zonas más sensibles de su territorio.

Asimismo, realizarán una estimación de los posibles lugares de albergue y alojamiento de titularidad pública necesarios en caso de evacuaciones y capacidades de los mismos.

c) En la medida de lo posible los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento reforzarán con personal los parques de bomberos y mantendrán una alta operatividad de los recursos disponibles.

d) Las Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil realizarán labores de vigilancia y sensibilización, estableciendo los refuerzos necesarios dentro de sus posibilidades y en coordinación y colaboración con la entidad local de la que dependan.

e) La Subdelegación del Gobierno intensificará las actuaciones preventivas, de información y de vigilancia que correspondan a sus competencias.