Articulo 7 Apoyo al regreso de catalanes emigrados
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»Artículo 7. Obligaciones de las personas destinatarias.
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Las personas destinatarias del Plan de ayuda al regreso están obligadas a comunicar a la entidad gestora que corresponda, en el plazo de un mes, los cambios de situación personal o patrimonial que, de acuerdo con la presente Ley, pueden modificar, suspender o extinguir algunas de las prestaciones.
