Artículo 7 se aprueba el ...stadística

Artículo 7 se aprueba el Plan de Estadística de Navarra 2025-2028, y se modifica la Ley Foral 11/1997, de Estadística

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Artículo 7. Objetivos específicos del Plan de Estadística.

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Con el fin de garantizar el objetivo general, se establecen los siguientes objetivos específicos:

1. Aumentar la coordinación entre los diferentes elementos del Sistema Estadístico de Navarra, así como con otros Sistemas Estadísticos.

2. Disponer de información estadística que atienda las demandas de la Administración Pública y de la sociedad en general.

3. Fomentar la participación de organizaciones sociales para conocer sus necesidades.

4. Potenciar la actualización permanente del inventario de fuentes de información administrativa, como herramienta de mejora de la información estadística.

5. Fomentar el uso y reaprovechamiento de los registros administrativos y otras fuentes de información disponibles con fines estadísticos.

6. Promover el uso de la estadística oficial con fines de análisis, evaluación de políticas públicas y toma de decisiones, construyendo un sistema de indicadores que satisfaga las necesidades de información y evaluación de los planes y estrategias del Gobierno de Navarra.

7. Promocionar la calidad de la estadística oficial garantizando la precisión, fiabilidad y la transparencia a través de la documentación de los procesos y la publicación de los metadatos.

8. Promover un sistema de difusión estadística que facilite la utilización de la información, facilitando la accesibilidad y la reutilización de los datos y la interoperabilidad.

9. Garantizar la oportunidad, puntualidad e independencia de la información a través de la difusión de un calendario de publicaciones.

10. Proporcionar información desagregada según diferentes ámbitos con especial atención a la perspectiva de género, territorio, nacionalidad y país de nacimiento, discapacidad, edad, nivel de estudios y nivel de renta para la elaboración de diagnósticos y toma de decisiones.

11. Promover las medidas tecnológicas, procedimentales y formativas que permitan utilizar nuevas fuentes de datos y el uso combinado en sistemas de información integrados.

12. Promover la coherencia y comparabilidad de las estadísticas con base en normas comunes respecto a definiciones, unidades y clasificaciones permitiendo la comparación con las elaboradas por otros organismos estadísticos públicos.