Artículo 7 se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo de Navarra
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»Artículo 7. Régimen jurídico.
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1. El Consejo de Navarra se regirá por lo dispuesto en la Ley Foral 8/2016, de 9 de marzo, sobre el Consejo de Navarra, o norma que la sustituya, y por el presente reglamento.
2. El Consejo de Navarra estará sujeto al régimen jurídico aplicable a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en materia de contratación, responsabilidad, transparencia, protección de datos, y demás materias de régimen administrativo o interior.

