Articulo 7 Arancel de der...oncursales

Articulo 7 Arancel de derechos de los administradores concursales

  • Norma con efectos a partir del 1 de septiembre de 2004.
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Artículo 7. Convenio anticipado.

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En el caso de aprobación judicial de un convenio anticipado, la cantidad que resulte por aplicación de lo establecido en los artículos 4 a 6seincrementará hasta un 25 por ciento.