Articulo 7 Atención y pro...e igualdad

Articulo 7 Atención y protección a niños, niñas y adolescentes y promoción de sus familias, derechos e igualdad

Ver Indice
»

Artículo 7. Evaluaciones de impacto de normas y otras actuaciones administrativas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las Administraciones públicas de Navarra realizarán evaluaciones de impacto al formular sus proyectos normativos, para prever sus repercusiones sobre niños, niñas y adolescentes y el disfrute de sus derechos.

2. Realizarán igualmente evaluación de sus planes, protocolos o cualquier decisión administrativa de carácter general que afecte a niños y niñas o a adolescentes y el disfrute de sus derechos, pudiendo contar con el apoyo del departamento competente en materia de servicios sociales.

3. Para estas evaluaciones se tendrán en cuenta criterios y metodologías como las impulsadas por la Red Europea de Defensores de la Infancia.