Articulo 7 Autorización, ...s Sociales

Articulo 7 Autorización, registro, acreditación e inspección de los Servicios Sociales

Ver Indice
»

Artículo 7.- Competencia.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Serán competentes para otorgar o denegar las autorizaciones a que se refiere el artículo 5 los Centros Directivos de la Consejería de Asuntos Sociales, así como el Instituto Andaluz de Servicios Sociales y el Instituto Andaluz de la Mujer, con relación a los Servicios y Centros que desarrollen su actividad en el ámbito de sus respectivas competencias.