Articulo 7 Cambiaria y del cheque
Ver Indice
»Articulo séptimo
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Cuando en una letra de cambio figure escrito el importe de la misma en letra y en números será válida la cantidad escrita en letra, en caso de diferencia.
La letra de cambio cuyo importe esté escrito varias veces por suma diferente, ya sea en letra, ya sea en números, será válida por la cantidad menor.
