Articulo 7 Centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil
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»Artículo 7. Clasificación y titularidad de los centros.
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1. Los centros educativos de primer ciclo de educación infantil se clasifican en públicos y privados.
2. Son centros educativos públicos de primer ciclo de educación infantil aquéllos cuya titularidad la ostenta una Administración pública.
3. Son centros educativos privados de primer ciclo de educación infantil aquéllos cuya titularidad la ostenta una persona física o jurídica de carácter privado.
4. La titularidad de los centros educativos de primer ciclo de educación infantil constará en el Registro regulado en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea el Registro de Centros Docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
