Articulo 7 Comercio de C. Valenciana
Artículo 7. Condiciones generales
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1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, en especial, en la legislación mercantil, laboral, tributaria y en aquella que regula el ejercicio de determinadas profesiones, son condiciones para el ejercicio de la actividad comercial:
a) Cumplir con los requisitos establecidos por la legislación vigente que resulte de aplicación.
b) Acreditar la prestación de fianzas exigidas por la legislación vigente para la venta de determinados productos o la prestación de determinados servicios.
2. La apertura de establecimientos comerciales estará sujeta al régimen de comunicación previa o declaración responsable en los supuestos y términos recogidos en el real Decreto ley 19/2012, de 26 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, y en la Ley 2/2012, de 14 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes de apoyo a la iniciativa empresarial y a los emprendedores, microempresas y pequeñas y medianas empresas de la Comunitat Valenciana.
3. En los casos en que resulte preceptivo, los ayuntamientos concederán las autorizaciones o licencias correspondientes para el ejercicio de las actividades comerciales que estén sujetas a las mismas, previa comprobación de la existencia de los requisitos exigidos por la normativa vigente.
- Modificación realizada (7 (apdo. 2, se modifica; apdo. 3, se añade)) por LEY 6/2012, de 24 de octubre, de la Generalitat, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Comercial y la Eliminación de Cargas administrativas.
(GV de 29-10-2012) en vigor desde 30-10-2012 - Modificación realizada (7 (apdo. 2, se modifica; apdo. 3, se añade)) por DECRETO LEY 5/2012, de 6 de julio, del Consell, de medidas urgentes para el impulso de la actividad comercial y la eliminación de cargas administrativas.
(GV de 09-07-2012) en vigor desde 10-07-2012 - Artículo modificado (7 (apdo. 2, se sustituyen las licencias municipales a las que se alude por una declaración responsable del emprendedor)) por LEY 2/2012, de 14 de junio, de la Generalitat, de MedidasUrgentes de Apoyo a la iniciativa Empresarial y los Emprendedores,Microempresas y Pequeñas y Medianas Empresas de la ComunitatValenciana
(GV de 20-06-2012) en vigor desde 21-06-2012
