Articulo 7 Comercio de I. Balears
Ver Indice
»Artículo 7. Creación y objeto de la Comisión Interinsular Asesora de Comercio
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se crea la Comisión Interinsular Asesora de Comercio, adscrita a la consejería competente en materia de comercio, como órgano de participación en las materias reguladas en esta ley, con el fin de promover la colaboración entre las distintas administraciones públicas y las asociaciones y los agentes económicos y sociales implicados en el sector para impulsar la actividad comercial de las Illes Balears.
