Articulo 7 Competencia y ...nistración

Articulo 7 Competencia y funciones de inspección general de los servicios de la Administración

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Artículo 7. Atribuciones del personal de inspección de servicios

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1. En el ejercicio de sus funciones, el personal inspector de servicios tendrá las siguientes atribuciones.

a) Podrá mantener reuniones de trabajo e informativas con cargos de nivel directivo y personal funcionario y laboral de todos los departamentos de la Generalitat.

b) Tendrá acceso a todas las dependencias y centros de trabajo de la Administración de la Generalitat, para el eficaz desarrollo de las funciones encomendadas.

c) Podrá recabar todos los antecedentes, expedientes y documentación, cualquiera que sea su soporte, que consideren útiles para su cometido.

2. El personal inspector de servicios será provisto de una credencial personalizada con cuya exhibición acreditará su condición e identidad.