Articulo 7 Competencias e...-terrestre

Articulo 7 Competencias en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre

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Artículo 7. Solicitud de la autorización autonómica

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1. La solicitud da autorización autonómica en materia de costas para las actuaciones descritas en el artículo 3 de este decreto deberá presentarse, preferiblemente, por vía electrónica, dirigida al Servicio Provincial de Urbanismo de la jefatura territorial de la consellería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo en la que se emplace la actuación, a través del formulario normalizado MT701A (anexo I), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Para la presentación de las solicitudes, cualquier persona o entidad, pública o privada, podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

2. La presentación electrónica será obligatoria para las administraciones públicas, las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, las personas que ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria para los trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en el ejercicio de su actividad profesional, las personas representantes de una de las anteriores y las personas empleadas de las administraciones públicas, en los trámites realizados en su condición de empleado público.

3. Si alguna de las personas obligadas a la presentación electrónica presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la subsanación.

4. Aquellas personas interesadas no obligadas a la presentación electrónica podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado señalado en el punto 1 de este artículo, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.