Articulo 7 Consejero de C...Culturales

Articulo 7 Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, por la que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Declaración de Interés Social de Proyectos y Actividades Culturales

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Artículo 7. Funciones.

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Son funciones de la Comisión de Mecenazgo.

a) Todas aquellas que el presente Reglamento le atribuye en relación con los procedimientos de declaración de interés social de proyectos y actividades culturales a instancia de los beneficiarios y de declaración de interés social de programas-tipo de proyectos y actividades culturales.

b) Todas aquellas que el presente Reglamento le atribuye en relación con el procedimiento de comunicación de proyectos y actividades culturales por parte de las entidades locales de Navarra y de las universidades públicas establecidas en Navarra.

c) Remitir al Departamento competente en materia de hacienda las relaciones anuales de proyectos o actividades culturales y de personas o entidades beneficiarias a que hace referencia el artículo 5.2 de la Ley Foral 8/2014, de 16 de mayo.

d) Elaborar las correspondientes certificaciones cuando la Administración de la Comunidad Foral de Navarra sea beneficiaria del mecenazgo cultural.

e) Colaborar y asesorar en la realización de la campaña informativa a fin de dar a conocer a la ciudadanía el alcance de la ley foral y los beneficios fiscales que establece, y en la elaboración de una Carta de Mecenazgo que promueva las buenas prácticas en este campo.

f) Asesorar al sector cultural y a cualquier interesado sobre los requisitos jurídicos y técnicos que la normativa vigente en materia de mecenazgo cultural imponga a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.

g) Colaborar en el diseño de actividades ordinarias de promoción de la cultura del mecenazgo.

h) Remitir a la Administración tributaria la documentación referida a los contratos de patrocinio de actividades y proyectos culturales declarados o considerados de interés social.

h) Cualesquiera otras que se le encomienden para el debido cumplimiento de las previsiones contenidas en la Ley Foral 8/2014, de 16 de mayo.