Articulo 7 Contratos de crédito al consumo y derogación de la Directiva 87/102/CEE
- Norma vigente hasta el 20 de noviembre de 2026. - Directiva (UE) 2023/2225 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 2008/48/CE
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»Artículo 7. Excepciones a los requisitos de información precontractual
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Los artículos 5 y 6 no se aplicarán a los proveedores de bienes o servicios que solo actúen como intermediarios de crédito a título subsidiario. Esto se entiende sin perjuicio de las obligaciones del prestamista de garantizar que el consumidor recibe la información precontractual a que se refieren dichos artículos.
