Articulo 7 Convenio AEAT-...io a EELL.

Articulo 7 Convenio AEAT-FEMP en materia de suministro de información de carácter tributario a EE.LL.

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Tanto en la Agencia Tributaria como en cada Entidad Local existirá un órgano al que ambas podrán dirigirse para resolver cualquier aspecto o incidencia relacionado con la aplicación del presente Convenio.

En concreto, en la Agencia Tributaria, dicho órgano será la Delegación de la Agencia Tributaria del ámbito al que pertenezca la Entidad Local correspondiente, mientras que, en la Entidad Local, dichas funciones serán ejercidas por quién designe su máximo órgano representativo (se incluye como anexo III modelo de nombramiento).

En el supuesto de Mancomunidades de Municipios que pertenezcan a más de una provincia, el órgano de la Agencia Tributaria al que se refiere el párrafo anterior será la Delegación Especial que ejerza competencia territorial sobre dichos municipios.

En el supuesto de Mancomunidades de municipios que pertenezcan a más de una Comunidad Autónoma, dicho órgano será el titular del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Tributaria.