Articulo 7 Coordinación d...Valenciana

Articulo 7 Coordinación de policías locales de C. Valenciana

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Artículo 7. Naturaleza

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La Comisión de Coordinación de las Policías Locales de la Comunitat Valenciana, adscrita al órgano autonómico que tenga atribuida la titularidad de la competencia en materia de seguridad, es el máximo órgano de participación institucional, consultivo y deliberante en esta materia.