Articulo 7 el que se crea el Registro de Parejas de Hecho de La Rioja
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»Artículo 7. Soportes de la información.
Vigente
Los asientos se practicarán en Libros, cuerpos o soportes adecuados para recoger y expresar de modo indudable, con adecuada garantía jurídica, seguridad de conservación y facilidad de acceso y comprensión, todos los datos que deben constar en el Registro. Los soportes informáticos incluirán, siempre que sea posible, la totalidad del expediente, incluidos los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos para su inscripción.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-05-2010 en vigor desde 10-06-2010