Articulo 7 D-ley de medidas urgentes en determinados sectores de actividad administrativa I. Balears
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»Artículo séptimo. Modificaciones de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
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1. El punto 3 del artículo 383 de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, queda sin contenido.
2. El punto 4 de la letra a) del punto 3º del artículo 392 septies de la mencionada Ley 11/1998 queda modificado de la siguiente manera:
4. Autorizaciones anuales en todas las reservas marinas, excepto las reservas marinas de la isla del Toro i de las islas Malgrats: 52,40 euros/por isla.
3. El punto 2 de la letra b) del punto 3º del artículo 392 septies de la mencionada Ley 11/1998 queda modificado de la siguiente manera:
2. A las otras reservas marinas, por isla: 20,96 euros/día o 471,52 euros/año.
