Articulo 7 Declaración del Parque Natural del Alto Najerilla
Articulo 7 Declaración de... Najerilla

Articulo 7 Declaración del Parque Natural del Alto Najerilla

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 7. Funciones de la Junta Rectora del Parque Natural del Alto Najerilla.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las funciones de la Junta Rectora del Parque Natural del Alto Najerilla serán las siguientes:

a) Promover y realizar cuantas acciones estime oportunas a favor del parque natural.

b) Fomentar actuaciones para el estudio, divulgación y disfrute de los valores del parque natural.

c) Velar por el cumplimiento de las normas de protección del parque natural.

d) Aprobar la memoria anual de actividades y resultados elaborada por el director o directora del parque natural, proponiendo las medidas que considere necesarias para corregir disfunciones o mejorar la gestión.

e) Proponer a los órganos competentes la celebración de los convenios de colaboración que fuere necesarios suscribir de acuerdo con los principios que informan la presente ley.

f) Todas aquellas que, en el ámbito de actuación del Parque Natural del Alto Najerilla, le sean encomendadas por la consejería competente en materia de medioambiente.