Articulo 7 Decreto-ley de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible
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»Artículo 7. Régimen general del cumplimiento de los deberes
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1. Las actuaciones de transformación urbanística requieren el cumpli miento de los deberes fijados en este Decreto Ley, en el Texto refundido de la Ley Estatal de Suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, y en el resto de normativa urbanística que les sea de aplicación.
2. En la forma que reglamentariamente se determine, el planeamiento urbanístico podrá prever el cumplimiento del deber de cesión regulado en los artículos 8 y 9 por otras formas de cumplimiento.
