Articulo 7 se desarrolla el art. 11 del ET en materia de contratos formativos
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»Artículo 7. Número máximo de contratos para la formación.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado (7 (se deroga)) por Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.
(BOE de 09-11-2012) en vigor desde 10-11-2012
