Articulo 7 Desarrollo de mecanismos adicionales de control de las transferencias...s del sector público
Articulo 7 Desarrollo de mecanismos adicionales de control de las transferencias de financiación a entidades del sector público
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»Artículo 7. Tramitación de las transferencias de financiación.
Vigente
Conforme al apartado 5 del artículo 58.bis del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, las transferencias de financiación únicamente podrán ser tramitadas con cargo a los créditos de las secciones presupuestarias de las Consejerías y agencias administrativas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-05-2014 en vigor desde 05-05-2014