Articulo 7 la Diputación ... turístico

Articulo 7 la Diputación General de Aragón, sobre régimen de precios, reservas y servicios complementarios en establecimientos de alojamiento turístico

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Artículo 7. Publicidad.

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En la publicidad y documentación de los establecimientos de alojamiento turístico se tiene que indicar nombre, grupo y categoría, si procede, del establecimiento, conforme a la clasificación otorgada por el organismo competente.