Articulo 7 Emisión y renovación del título y carné de familia numerosa
Artículo 7. Formas de presentación
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La solicitud de reconocimiento de la condición de familia numerosa se podrá presentar de las siguientes maneras
1. De forma presencial: ante las direcciones territoriales de la conselleria competente en materia de familias, sin perjuicio de que la solicitud pueda presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. De forma telemática: a través de la sede electrónica de la Generalitat con certificado digital de cualquier persona interesada en la solicitud, o de la persona física o jurídica que tenga otorgada su representación a estos efectos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 39/2015. En este procedimiento se rellenará, en su formato electrónico, la solicitud correspondiente y se adjuntarán, siguiendo el procedimiento electrónico, como documentos anexos, todos aquellos que correspondan de acuerdo a la situación por la que se solicita el reconocimiento así como, en su caso, la concesión de autorización para la consulta de datos personales y la autorización para la cesión de datos.
