Articulo 7 Funcionamiento del Tribunal de Cuentas
Articulo 7 Funcionamiento...de Cuentas

Articulo 7 Funcionamiento del Tribunal de Cuentas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 7.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Serán aplicables al funcionamiento de la Comisión de Gobierno los preceptos relativos al Pleno en cuanto se refieren a la convocatoria, constitución, deliberaciones y levantamiento de actas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-04-1988 en vigor desde 07-04-1988