Articulo 7 Impuesto sobre...o del Agua

Articulo 7 Impuesto sobre las Afecciones Ambientales del Uso del Agua

Ver Indice
»

Artículo 7. Devengo

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El impuesto se devengará, con carácter general, en el momento de producirse el suministro de agua a través de las redes generales.

2. En las captaciones propias, el devengo se producirá en el momento del uso de agua, ya sea real o estimado, en los términos previstos en el artículo 11 de la presente ley.