Articulo 7 Impuesto sobre...o de Álava

Articulo 7 Impuesto sobre el Patrimonio de Álava

Ver Indice
»

Artículo 7. - Contribuyentes.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Uno. Son contribuyentes de este Impuesto las personas físicas a que se refiere el apartado Uno del artículo 2 de esta Norma Foral.

Dos. También tendrán la consideración de contribuyentes de este Impuesto las herencias pendientes del ejercicio de un poder testatorio o del ejercicio del usufructo poderoso a que se refiere la disposición adicional quinta de esta Norma Foral.

Modificaciones