Articulo 7 Marco de conce...n Primaria

Articulo 7 Marco de concertación con las EE.LL. para la prestación de Servicios Sociales de Atención Primaria

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Artículo 7. Tramitación de los convenios de colaboración.

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1. Las Entidades locales que en 2017 o en años sucesivos deseen suscribir un convenio nuevo de alguno de los recogidos en este decreto, podrán solicitarlo hasta el 30 de octubre de cada año. Para ello habrán de presentar mediante el envío telemático de datos a través de la web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección.

http://www.jccm.es, la siguiente documentación:

a) Solicitud.

b) Proyecto.

c) Documento acreditativo de que el solicitante es el representante legal de la entidad.

2. En el caso de que se desee suscribir un convenio de ayuda a domicilio en el marco del Programa Regional de Acción Social, además se presentará la siguiente documentación:

a) Previsión del número de horas.

b) Coste de la prestación del servicio de ayuda a domicilio.

c) Relación total de personas usuarias con Informe Social y propuesta de ayuda a domicilio.

3. No se exigirá la presentación del documento acreditativo de que el solicitante es el representante legal de la Entidad local cuando haya sido presentada en la Consejería competente en materia de servicios sociales con ocasión de anteriores convenios o convocatoria de subvenciones. Esta disposición no tendrá validez cuando los documentos de que se trate hayan sido modificados con posterioridad a la fecha de su última presentación, o bien hayan transcurrido más de 5 años desde entonces, debiendo en tales casos presentarse de nuevo.

Los modelos estarán disponibles en la web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: www. jccm.es.