Articulo 7 Medidas de simplificacion administrativa para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales
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»Artículo 7. Portal de servicios a las empresas y profesionales.
Vigente
En el plazo máximo de seis meses, el Departamento al que esté adscrita la Oficina de Tramitación de Actividades Económicas, en colaboración con el resto de Departamentos competentes, definirá y pondrá en marcha su portal específico de servicios a las empresas y profesionales en el Portal en Internet del Gobierno de Navarra y coordinará sus contenidos, garantizando su actualización y mantenimiento.

