Articulo 7 minima Convocatoria segundo semestre 2024 del Programa de Formación para el personal y cargos electivos de las Corporaciones Locales de la Comunidad
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»Séptima. Cifra mínima de alumnos y modificaciones de las acciones formativas
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La Dirección General de Reequilibrio Territorial se reserva la facultad de suspender o aplazar el desarrollo de una acción formativa cuando el número de alumnos convocados el día hábil inmediatamente anterior al inicio del curso sea inferior a la mitad de las plazas disponibles. Asimismo, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en atención a la demanda registrada, por razones de eficacia o calidad, podrá modificar el número de acciones formativas, su duración, contenido, destinatarios, valoración de méritos para la provisión de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional y demás características.
