Artículo 7 Modelo 560 Impuesto Especial sobre la Electricidad. Autoliquidación
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»Artículo 7. Aprobación del modelo de tarjeta de inscripción en el registro territorial.
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(NOTA: Artículo de aplicación a los devengos que se produzcan a partir de 1 de octubre de 2021)
Se aprueba el modelo de tarjeta de inscripción en el registro territorial al que se refiere el artículo 102.2 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
La solicitud de inscripción en el registro territorial se realizará por vía electrónica a través de la página web de la Hacienda Foral de Navarra, cumplimentando la tarjeta de inscripción que se aprueba en el presente artículo y que figura en el Anexo I de esta Orden Foral.
Modificaciones
- Artículo modificado (7 (se añade)) por ORDEN FORAL 88/2021, de 23 de julio, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 41/2015, de 16 de febrero, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueba el modelo 560 Impuesto Especial sobre la Electricidad. Autoliquidación y se establece la forma y procedimiento para su presentación.
(NA de 10-08-2021) en vigor desde 11-08-2021
