Articulo 7 Modelo de reglamento del servicio de archivo municipal para entidades locales de población inferior a 15.000 habitantes y su guía de buenas prácticas
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»Artículo 7. Seguridad y custodia.
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1. El acceso al depósito de archivo municipal estará reservado al personal responsable del mismo. Solo excepcionalmente se permitirá la presencia de personas ajenas, siempre bajo supervisión directa de personal municipal autorizado.
2. Las medidas de seguridad sobre la documentación se aplican desde su producción en las oficinas, por lo que el acceso a la misma deberá ser controlado en todo momento por la persona responsable, en especial si aquella tiene datos de carácter personal, en espacios directamente accesibles.
