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Articulo 7 Modelos y normas de gestión con relación a los Impuestos Especiales de Fabricación

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Séptimo. Parte Trimestral de productos a que se refiere el artículo 108 ter del Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales, aplicable al Territorio Histórico de Álava en virtud de Decreto Norm...

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1. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 108 ter del Reglamento de los Impuestos Especiales, se aprueba el modelo 522 -Parte trimestral de productos a que se refiere el artículo 108 ter del Reglamento de los Impuestos Especiales-, que se adjunta al Anexo XIV de la presente Orden Foral.

2. Estarán obligados a presentar el modelo 522, los primeros proveedores de los productos a que se refiere el artículo 108 ter del Reglamento de Impuestos Especiales a fábrica o depósito fiscal.

Se entenderá por primer proveedor la persona, entidad o titular del establecimiento de impuestos especiales, por cuya cuenta se realice la operación por la que los productos son introducidos, por primera vez, en una fábrica o depósito fiscal. Si dicha operación se realiza directamente por cuenta del titular de la fábrica o depósito fiscal de destino será éste el obligado a presentar el modelo.

A estos efectos, la condición de primer proveedor será independiente de que el producto proceda de una adquisición intracomunitaria o importación. No obstante lo anterior, cuando la adquisición intracomunitaria o importación se haga directamente por cuenta del titular de la primera fábrica o primer depósito fiscal de destino de los productos, no se exigirá a éstos la presentación del modelo en relación con dichos productos.

El modelo 522 deberá presentarse únicamente cuando haya existido movimiento en el periodo trimestral.

3. La presentación se realizará dentro de los veinticinco primeros días naturales siguientes a la terminación de cada trimestre natural.

4. El modelo 522 deberá presentarse en el Servicio de Tributos Indirectos - Sección de IVA e Impuestos Especiales del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos.