Articulo 7 Modificación de la Ley 22/2010, del Código de consumo, para incorporar medidas contra los trastornos de la conducta alimentaria
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Se da una nueva redacción al artículo 334-1, apartado cuarto, Sujetos responsables, del título III del Libro tercero de la Ley 22/2010, de 20 de julio, que queda como sigue:
"4. Las personas, plataformas digitales o servicios en línea (online) que cooperan o encubren una conducta infractora en lo referente al ámbito de los trastornos de conducta alimentaria son los responsables de la misma, como cooperadores o encubridores. Cualquier persona, plataforma digital o servicio en línea que actúe como intermediario y que tenga o pueda tener conocimiento de una conducta infractora es también responsable si no adopta las medidas necesarias para suprimir o retirar los enlaces o los contenidos afectados".

